Los siguientes términos y condiciones regirán el servicio prestado por CoBox(CoBox), firma constituida en la República del Paraguay de acuerdo a las leyes que rigen en este territorio, con RUC N° 80106686-7, domiciliada en Puerto Pinasco 9002 casi 27 de Agosto - Luque; a favor del CLIENTE adherido para la recepción, procesamiento, almacenamiento, transporte y entrega de sus paquetes desde las casillas de correo asignadas en los puntos habilitados por CoBox hasta su entrega al CLIENTE:

1.- LAS PARTES.

CoBox es una sociedad anónima que se compromete dentro de los alcances y límites de estos términos y condiciones a la prestación del servicio contratado, por sí misma o a través de sus sucursales, filiales, agencias, personas físicas y jurídicas vinculadas o asociadas, a favor del CLIENTE.

El CLIENTE es la persona física o jurídica adherida al servicio prestado por CoBox que requiere la realización de éste a través del sistema y las plataformas establecidas por CoBox para el efecto, de acuerdo a las modalidades que CoBox ofrezca y dentro de los alcances y límites de estos términos y condiciones.

2.- EL SERVICIO.

CoBox pone a disposición del CLIENTE adherido una casilla de correo a través de la cual tiene posibilidad de recibir de terceros paquetes en los establecimientos habilitados por CoBox fuera del territorio de la República del Paraguay para dicho efecto, a cambio del pago de un precio en dinero. Los paquetes recibidos a nombre del CLIENTE serán procesados, examinados, embarcados, enviados y entregados al CLIENTE dentro del territorio de la República del Paraguay, ya sea en el domicilio de CoBox o en el de sus sucursales, filiales o agencias. Se podrá convenir la entrega de los paquetes en el domicilio declarado por el CLIENTE cuando lo solicite y toda vez que CoBox ofrezca disponibilidad de este servicio complementario.

El CLIENTE está obligado al pago del precio del servicio de conformidad a lo previsto en estos términos y condiciones.

3.- MODALIDADES DE ENVÍOS.

CoBox realizará los envíos por vía aérea o vía marítima desde las jurisdicciones donde tenga establecimientos habilitados para la recepción de paquetes a nombre del CLIENTE conforme a la periodicidad y dentro de los plazos correspondientes a cada una.

La periodicidad y los plazos de cada proceso dependiendo de la modalidad y la jurisdicción de origen serán puestas a disposición del CLIENTE a través del sitio web oficial de CoBox (www.cobox.com.py) y sus cuentas de redes sociales oficiales.

4.- PRECIO DEL SERVICIO.

CoBox fijará los precios estandarizados para cada modalidad de envío dependiendo de la jurisdicción de origen así como el método para la estimación del precio final a pagar por el CLIENTE (por kilogramo o por volumen).

Cuando se apliquen métodos de estimación de precio referidos al peso del paquete y exista diferencia entre el peso declarado por el tercero remitente y el obtenido por CoBox, prevalecerá el peso determinado por CoBox. Cuando se apliquen métodos de estimación de precio referidos a volumen y exista discrepancia entre el volumen declarado por el tercero remitente y el obtenido por CoBox, prevalecerá el volumen determinado por CoBox.

Los tarifarios de cada modalidad de servicio dependiendo de cada jurisdicción serán puestas a disposición del CLIENTE a través del sitio web oficial de CoBox (www.cobox.com.py) y sus cuentas de redes sociales oficiales. En caso de que los tarifarios sufran alguna modificación entre el momento de la recepción de un paquete en la jurisdicción de origen y su entrega el CLIENTE en territorio de la República del Paraguay, deberá abonarse el precio vigente al momento de la recepción del paquete en jurisdicción de origen. CoBox se compromete además a comunicar al CLIENTE vía correo electrónico a la dirección catastrada por éste, cualquier cambio de tarifa con veinte (20) días naturales de anticipación.

Los precios cuyas bases de determinación se establezcan en moneda extranjera serán abonados en dicha moneda o su equivalente en moneda local (PYG) al cambio establecido por CoBox a la fecha de entrega de cada paquete.

5.- PAQUETES.

Se entenderá por paquetes a todos las bienes, documentos y correspondencia recibidos por CoBox a nombre del CLIENTE en la casilla de correo habilitada a su favor en los establecimientos habilitados para el efecto en las jurisdicciones de origen para su posterior procesamiento y transporte a territorio de la República del Paraguay a los efectos de su entrega al CLIENTE.

Cada paquete recibido por CoBox será transportado desde el establecimiento en la jurisdicción de origen hasta el territorio de la República del Paraguay luego de verificarse que es enviable conforme a estos términos y condiciones. En caso de que CoBox constate que se trata de un paquete no enviable, podrá disponer la devolución de éste al tercero remitente en las condiciones en que fueron recibidos sin incurrir en responsabilidad alguna respecto al CLIENTE.

Cada paquete enviable será transportado por CoBox a territorio de la República del Paraguay en modalidad correspondiente por sí o por terceros, dentro de guías aéreas o marítimas según corresponda, cumpliendo rigurosamente las normas regulatorias en materia de transporte de cargas a nivel internacional y doméstico, para su posterior entrega al CLIENTE.

6.- PAQUETES NO ENVIABLES.

a. Será considerado no enviable todo paquete que consista total o parcialmente en:

(i) Dinero efectivo; tarjetas de crédito, debito y equivalentes; joyas, piedras preciosas y diamantes; antigüedades, obras de arte y sellos; metales preciosos, lingotes y similares; todo tipo de minerales y carbones industriales; títulos de crédito de cualquier naturaleza, cheques de todo tipo e instrumentos financieros; documentos de identidad, pasaportes, actas de nacimiento y todos tipo de documentos personales en general;
(ii) Materiales, objetos y artículos pornográficos u obscenos;
(iii) Armas de fuego, explosivos y materiales radioactivos o biológicos; mercaderías peligrosas; materiales combustibles;
(iv) Plantas de todo tipo; animales vivos, muertos o disecados;
(v) Productos perecederos en general;
(vi) Fármacos, suplementos nutricionales, medicamentos, drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, incluyendo productos derivados de éstos o que los contengan en su composición;
(vii) Productos que sujetos a regímenes especiales o regulaciones administrativas y sanitarias especiales, o; que requieran autorización previa para su importación en territorio de la República del Paraguay;
(viii) Productos falsificados o que constituyan piratería; productos remarcados;
(ix) Restos humanos;
(x) Productos clasificados como sustancia tóxica, mercancía peligrosa, artículo prohibido o restringido por la IATA (International Air Transport Association), la ICAO (International Civil Aviation Organization), ADR (European Road Transport Regulation on dangerous goods), u otra organización pertinente (“Mercancía peligrosa”);
(xi) Productos prohibidos por las autoridades de la jurisdicción de origen y los que estén prohibidos por las autoridades de la República del Paraguay;
(xii) Productos que CoBox considere que no pueden ser transportado de forma segura o legal.

b. También será considerado no enviable el paquete cuando:

(xii) Productos que CoBox considere que no pueden ser transportado de forma segura o legal.
(iii) Cuando el embalaje sea defectuoso o inadecuado para su transporte seguro.

En todos los casos prevalecerá el criterio de CoBox sobre la determinación de si un paquete no es enviable.
El CLIENTE será responsable por todos los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a CoBox y terceros ante la inobservancia de estas condiciones. Deberá mantener indemne a CoBox y a terceros respecto a las consecuencias económicas producidas por la inobservancia, así como respecto a la responsabilidad civil, penal y administrativa en la jurisdicción que sea pertinente.

7.- RECEPCIÓN E INSPECCIÓN DE PAQUETES. REEMBALAJE.

Los paquetes serán recibidos en los locales habilitados por CoBox en las jurisdicciones de origen por el personal facultado para el efecto. En ese momento se constatará preliminarmente que el empaque no muestra signos de daños del paquete antes de proceder a recibirlo.

CoBox podrá proceder aleatoriamente a la apertura e inspección de los empaques que contengan cada paquete cuando considere necesario para verificar si es enviable, por motivos de seguridad varios, en cumplimiento de legislación regulatoria en cualquiera de las jurisdicciones, sin previo aviso y sin necesidad de consentimiento por parte del CLIENTE. Una vez verificados los paquetes, serán embalados para su transporte al territorio de la República del Paraguay de la misma forma en que fueron recibidos o de una forma que permita su transporte seguro.

En caso de hallarse en la inspección que el paquete consiste en artículos prohibidos por estos términos y condiciones o la ley, CoBox podrá devolverlo al remitente original sin obligación de indemnización ni compensación a favor del CLIENTE. En caso de que la devolución implique gastos de envío, estos deberán ser reembolsados íntegramente por el CLIENTE a favor de CoBox.

CoBox no será responsable en caso de que un paquete inspeccionado sea retenido por la autoridad aduanera de cualquiera de las jurisdicciones con base en la aplicación de sus normas o de normas internacionales, siendo el CLIENTE responsable de dicho riesgo y debiendo abonar los gastos que implique esta circunstancia. ROYALOX se compromete a notificar al cliente para que tome la decisión de embarcar o no.

CoBox procederá al reembalaje de los paquetes a pedido del CLIENTE cuando este lo solicite por los canales y procesos habilitados para el efecto y contra el pago del precio que se fije en el tarifario para este tipo de servicios, toda vez que esté disponible y sea posible.

8.- TRÁMITES ADUANEROS.

Salvo instrucciones en contrario del CLIENTE dadas por escrito a CoBox, la gestión del transporte del paquete por CoBox implica que el CLIENTE la designa como agente plenamente autorizado para gestionar el despacho de Aduanas cuando este sea necesario, así como para designar a un Agente de Aduanas para tal fin.

El CLIENTE está obligado a suministrar toda la documentación e información que sea necesaria para el cumplimiento de las formalidades aduaneras y de seguridad con anterioridad a la aceptación del envío. CoBox no está obligada a examinar o comprobar si la referida documentación e información es exacta o suficiente.

El CLIENTE será responsable por todos los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a CoBox y terceros ante los inconvenientes aduaneros que sean consecuencia del incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de estos términos y condiciones, así como de la ley doméstica e internacional aplicable. Deberá mantener indemne a CoBox y a terceros respecto a las consecuencias económicas producidas por estos inconvenientes, así como respecto a la responsabilidad civil, penal y administrativa en la jurisdicción que sea pertinente.

El CLIENTE, cuando CoBox actúe en nombre su nombre, pagará o reembolsará a CoBox todos los cargos consecuentes de cada paquete u otros cargos vencidos o derechos aduaneros debidos por los servicios prestados por CoBox o incurridos por CoBox en nombre del remitente original o del CLIENTE. El pago de los derechos aduaneros podrá solicitarse antes de realizar la entrega.

9.- ENTREGA DE PAQUETES.

La entrega de cada paquete será realizada en las oficinas de CoBox, sus agencias, sucursales y filiales considerando el local que corresponda a la localidad que haya catastrado el CLIENTE como su domicilio al adherirse al servicio, o; en el local que éste solicite.

Toda vez que sea posible y el servicio adicional esté disponible, a pedido del CLIENTE, se podrá entregar el paquete en su domicilio o la dirección que éste indique. En ese caso, Se entenderá efectuada la entrega cuando la persona que se encuentre en dicha dirección acepte la entrega del paquete, sea o no el CLIENTE. El CLIENTE podrá solicitar la información de entrega en la dirección indicada como lugar de entrega, solicitando a CoBox la provisión de éstos por los canales habilitados para el efecto. CoBox podrá establecer tarifas adicionales por este servicio si lo estima conveniente.

Cuando el paquete no sea retirado por el CLIENTE o no haya sido posible su entrega en el domicilio indicado por éste a su pedido, por cualquier causa que esté fuera del control de CoBox, sus agentes, sucursales, filiales o personas vinculadas, se procederá a emplazar al CLIENTE al retiro del paquete o en su caso, a indicar otro lugar de entrega siempre y cuando este servicio adicional esté disponible en esa ubicación geográfica. En ese interín, el paquete será devuelto al establecimiento de CoBox que corresponda a la localidad seleccionada por el CLIENTE como local de retiro de paquetes y almacenado hasta su entrega efectiva o disposición en caso de abandono.

10.- RECLAMOS.

Los reclamos del CLIENTE deberán ser formalizados por escrito en el plazo máximo de quince (15) días naturales desde la entrega del paquete conforme a estos términos y condiciones. No se aceptarán reclamos posteriores a este plazo.

CoBox pondrá a disposición del CLIENTE a través de su sitio web (www.cobox.com.py) y cuentas oficiales en redes sociales, los canales de comunicación habilitados para la realización de consultas y reclamos relacionados al servicio y los paquetes.

11.- LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD.

La responsabilidad de CoBox por los daños ocasionados en los paquetes está limitada a las previsiones de los siguientes cuerpos normativos y dentro de sus términos y alcance:

a. Transporte de paquetes vía aérea: Para esta modalidad de carga CoBox será responsable en los alcances y límites del “Convenio de Montreal sobre Transporte Aéreo Internacional” hecho en Montreal, Canadá, el 28 de mayo de 1999 y ratificado por la República del Paraguay por Ley N° 1.627 del 29 de diciembre de 2000 (CONVENIO DE MONTREAL);
b. Transporte de paquetes vía marítima: Para esta modalidad de carga CoBox será responsable en los alcances y límites del “Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Marítimo de Mercancías” del 30 de abril de 1979, ratificada por la República del Paraguay por Ley N° 2.614 del 22 de junio de 2005 (REGLAS DE HAMBURGO).
c. La limitación de responsabilidad excluida de los supuestos previstos en las normas previamente citadas se regirá por las disposiciones de la legislación vigente de la República del Paraguay.

12.- CARGAS Y GASTOS ADICIONALES.

Todas las cargas administrativas, económicas o de cualquier naturaleza, así como los gastos adicionales incurridos por CoBox por inobservancia del CLIENTE de estos términos y condiciones serán soportados directamente por este último, incluyendo sus accesorios legales y contractuales.

13.- PLAZO MÁXIMO DE ALMACENAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE PAQUETES.

El tiempo de almacenaje libre es de treinta (30) días naturales a partir de disponibilidad del paquete en el local de distribución con asiento en el territorio de la República del Paraguay seleccionado por el CLIENTE. Transcurrido este plazo, se aplicará una multa de USD 3 por cada paquete no retirado.

Transcurridos sesenta (60) días naturales sin que se proceda al retiro del paquete desde que esté disponible para el efecto, CoBox podrá disponer del mismo para su remate por el valor que considere pertinente a modo de recuperar los costos de transporte y almacenaje del mismo.

En caso de imposibilidad de entrega, este plazo empezará a computarse desde que CoBox comunique al CLIENTE esta imposibilidad.

14.- NULIDADES PARCIALES.

En caso de declaración judicial firme de nulidad de alguna de las disposiciones contenidas en estos términos y condiciones, las demás no afectadas por el alcance de la resolución judicial que la declare permanecerán vigentes, eficaces y plenamente exigibles.

15.- VIGENCIA Y MODIFICACIONES.

Estos términos y condiciones de prestación de servicio estarán vigentes desde la aceptación del CLIENTE, por el plazo de un año (1) año, que se prorrogará automáticamente salvo que alguna de las partes comunique expresamente y por escrito su voluntad de terminarlo.

Las modificaciones de estos términos y condiciones podrán ser actualizadas por CoBox cada vez que sea necesario, lo que será comunicado debidamente al CLIENTE a través de la información de contacto proporcionada al adherirse al servicio. La aceptación de estas modificaciones producirá la vigencia de los nuevos términos y condiciones de la misma forma que prevé esta cláusula.

16. TERMINACIÓN DEL CONTRATO.

Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente contrato sin preaviso ni necesidad de justificación de la causa, comunicándolo a la otra parte por escrito conforme a la información de contacto respectiva. El efecto de la terminación será inmediato toda vez que se hayan cumplido todas las prestaciones debidas por ambas partes. En caso de prestaciones debidas, previamente deberán cumplirse las mismas tras lo cual tendrá efecto la terminación.

17.- DOMICILIOS DE LAS PARTES Y COMUNICACIONES.

CoBox fija domicilio para todos los efectos judiciales y extrajudiciales referentes a estos términos y condiciones y todo lo que esté relacionado con éstas en el lugar indicado en su texto. El CLIENTE fija domicilio a los mismos efectos en el lugar indicado en el formulario de adhesión al servicio o aquél que haya actualizado apropiadamente ante CoBox.

18.- LEGISLACIÓN APLICABLE.

Para todos los aspectos relacionados con estos términos y condiciones se aplicará exclusiva y excluyentemente la legislación vigente en la República del Paraguay. La legislación doméstica de esta jurisdicción será aplicada a todos los aspectos que no estén previstos en instrumentos internacionales vigentes y ratificados por la República del Paraguay. Las disposiciones contenidas en instrumentos internacionales vigentes y ratificados por la República del Paraguay serán aplicadas limitadamente a las cuestiones que prevean particularmente dependiendo de su ámbito de aplicación material, con sus alcances y limitaciones propias.

19.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.

Para todos los reclamos cuyo objeto consista en asuntos no previstos especialmente en instrumentos internacionales y vigentes ratificados por la República del Paraguay conforme a su ámbito de aplicación particular, serán competentes los Juzgados y Tribunales del Distrito de Luque, Circunscripción Judicial de Central, República del Paraguay; conviniendo las partes la prórroga de su competencia por sobre la de cualquier otro órgano jurisdiccional o de otra naturaleza distinto y renunciando expresamente a ella.

Cuando los reclamos se basen en las disposiciones contenidas en instrumentos internacionales vigentes y ratificados por la República del Paraguay, la competencia se regirá por las reglas especiales que estas prevean dentro del alcance limitado de su ámbito de aplicación material.